La Inspección Técnica de los Edificios (ITE) consiste en una inspección visual del edificio hecha por un técnico competente que tiene por objeto determinar su estado en el momento de la inspección y orientar la propiedad en las actuaciones a realizar para cumplir el deber de conservación y mantenimiento. En ningún momento tiene por objeto detectar vicios ocultos.
Según el nuevo Decreto 67/2015, de 5 de Mayo, esta inspección deben pasarla todos los edificios unifamiliares o plurifamiliares, donde exista el uso residencial (excepto viviendas unifamiliares aisladas situadas a más de 1,5 m. de la vía pública).
Todos los edificios plurifamiliares anteriores a 1.961 deberían haber pasado ya esta inspección, mientras que los edificios construidos entre 1.961 y 1.971, tienen plazo hasta el 31 de Diciembre de 2.016. A partir del 1.971, el edificio plurifamiliar deberá pasar la inspección el año que cumpla 45 años de antigüedad.
En cuanto a las viviendas unifamiliares, deben cumplir los siguientes plazos :
- Anteriores al año 1.900 => Plazo hasta el 31 de Diciembre de 2.016
- Entre 1.901 y 1.930 => Plazo hasta el 31 de Diciembre de 2.017
- Entre 1.931 y 1.950 => Plazo hasta el 31 de Diciembre de 2.018
- Entre 1.951 y 1.960 => Plazo hasta el 31 de Diciembre de 2.019
- Entre 1.961 y 1.975 => Plazo hasta el 31 de Diciembre de 2.020
- A partir de 1.975 => El año que cumpla 45 años de antigüedad
En Ab-arquitectura nos encargamos de todo, y realizamos los siguientes trabajos :
1. Toma de datos :
2. Redacción de la ITE :
3. Una vez redactado el informe :